Estimación orientativa basada en la tabla del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo. Resultado en 60 segundos.
Calculadora interactiva
IHijos
IICustodia
IIIIngresos
IResultado
I · Hijos del matrimonio
¿Cuántos hijos en común?
Indica el número de hijos menores o dependientes a cargo del progenitor custodio.
0 a 25 años. Para varios hijos, indica la edad promedio.
Paso 1 de 4
II · Cómo se calcula
La tabla orientadora del CGPJ.
Desde 2013 los Juzgados de Familia españoles utilizan como referencia las tablas orientadoras del Consejo General del Poder Judicial. No son vinculantes, pero estandarizan criterios y reducen la arbitrariedad.
Art. 93 CC
Pensión de alimentos
«El Juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento».
Art. 776 LEC
Ejecución forzosa
Habilita el despacho de ejecución por impago de pensiones: embargo de nómina, retención de devoluciones tributarias, embargo de cuentas y, en supuestos graves, multas coercitivas.
Jurisprudencia · Mínimo vital
STS 2/2023 y STS 14/2024
El Tribunal Supremo ha consolidado un mínimo vital aproximado de 150€/hijo como umbral por debajo del cual no debe descender la pensión salvo en supuestos excepcionales acreditados, en aplicación del principio de proporcionalidad del art. 146 CC.
III · Variables del cálculo
Qué afecta al importe.
La pensión no es una cifra fija: se modula según seis variables principales que el Juez valora caso a caso.
Número de hijos
Tabla CGPJ orienta 16/21/27% sobre ingresos netos para 1, 2 y 3+ hijos.
Ingresos netos
Cantidad líquida mensual del obligado, prorrateando pagas extra.
Régimen de custodia
Compartida reduce base aprox. 45%; visitas amplias reducen un 15%.
Situación de vivienda
Alquiler reduce capacidad real; sin vivienda incrementa la base.
Edad de los hijos
Modula gastos esperables. Mayor de edad sin ingresos: art. 93.2 CC.
Gastos extraordinarios
No incluidos. Se reparten al 50% adicionalmente (sanidad, estudios).
IV · Preguntas frecuentes
Sobre la pensión alimenticia.
01
¿La calculadora de pensión alimenticia es vinculante?
No. El resultado es orientativo y se basa en la tabla del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y jurisprudencia consolidada. La cuantía vinculante la fija el Juez (art. 93 CC) atendiendo al caso concreto y al interés superior del menor.
02
¿Qué porcentaje de mis ingresos suele ir a la pensión?
Como referencia, la tabla CGPJ orienta entre el 16% para un hijo, 21% para dos hijos y 27% para tres o más hijos sobre los ingresos netos del progenitor obligado. Estos porcentajes se modulan por régimen de custodia, vivienda, ingresos del custodio y otros factores.
03
¿Cómo afecta la custodia compartida al importe?
En custodia compartida la base de cálculo se reduce de forma significativa (aprox. 45-55%) y, en muchos casos, la pensión se sustituye por reparto proporcional de gastos extraordinarios y aportaciones a una cuenta común para los menores.
04
¿Existe un mínimo legal por debajo del cual no puede bajar la pensión?
Sí. El Tribunal Supremo ha consolidado un mínimo vital de aproximadamente 150€ por hijo (STS varias) que solo puede modularse por debajo en supuestos excepcionales debidamente acreditados (situación de necesidad extrema, prisión, etc.).
05
¿La pensión se actualiza con el IPC?
Sí. Salvo pacto distinto en convenio, la pensión se revisa anualmente con el IPC publicado por el INE (cláusula de actualización del art. 90 CC). En sentencias se establece la fecha de revisión y el índice aplicable.
06
¿Qué son los gastos extraordinarios y entran en la pensión?
No. Los gastos extraordinarios (ortodoncia, gafas, actividades extraescolares, viajes de estudios, etc.) son adicionales a la pensión ordinaria y se reparten al 50% entre los progenitores salvo pacto. La calculadora muestra solo la pensión ordinaria mensual.
07
¿Puedo pedir una modificación si cambian las circunstancias?
Sí. Cuando concurren circunstancias sobrevenidas y relevantes (desempleo, cambio sustancial de ingresos, alteración de la custodia, mayoría de edad sin emancipación) se puede solicitar modificación de medidas (art. 775 LEC).
08
¿Y si el progenitor obligado no paga la pensión?
El impago es ejecutable judicialmente vía art. 776 LEC: embargo de nómina, retención AEAT, embargo de cuentas e incluso denuncia penal por abandono de familia (art. 227 CP) cuando concurren los requisitos. Reaccionamos en 48-72h.
Impago de pensión
Pensión que no se paga: te ayudamos a reclamarla.
Ejecución vía art. 776 LEC: embargo de nómina, retención AEAT y, en casos graves, denuncia penal por abandono de familia. Reaccionamos en 48-72 horas.